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Dan Lyons, Esq.

Your Choice Of Attorney Is Important — Choose Wisely

Personal Injury, Auto Accidents, Criminal Defense and DUI Defense

Un Enfoque Ganador Para La Defensa de DUI

Si ha sido arrestado por conducir bajo la influencia (DUI) en Connecticut, es importante que consulte con un abogado defensor penal altamente calificado y con experiencia lo antes posible. Podría enfrentar multas elevadas, suspensión de la licencia de conducir, libertad condicional, servicio comunitario e incluso encarcelamiento.

En las Oficinas Legales de Dan Lyons & Associates, sabemos cómo luchar contra los cargos por DUI. Atacamos agresivamente cada aspecto del caso de la fiscalía, incluyendo:

  • La legalidad de la parada de vehículos de motor por la policía
  • La legalidad del arresto por DUI por parte de la policía
  • La administración y los resultados de la prueba de sobriedad de campo estándar
  • Los resultados de validez y precisión de las pruebas de sangre, aliento u orina.

El abogado defensor de DUI, Dan Lyons, es un ex fiscal estatal adjunto que conoce los casos de conducción bajo la influencia de ambos lados. Se ha puesto en la piel del Fiscal del Estado. Sabe cómo desarrollar estrategias de defensa que probablemente tengan éxito en vencer los cargos por completo o reducir el castigo. Luchamos para defender a los clientes que enfrentan cargos por conducir bajo los efectos del alcohol en Milford, Orange, West Haven, New Haven, East Haven, Branford, Guilford y Madison, y nuestro bufete de abogados estará aquí para montar una fuerte defensa.

PROTEGER SU LICENCIA DE CONDUCIR Y SU LIBERTAD

Si lo arrestan por DUI, tendrá que comparecer ante un tribunal penal porque DUI es un delito penal, no una mera infracción de tránsito. También puede enfrentar procedimientos separados presentados por el Departamento de Vehículos Motorizados de Connecticut para suspender su privilegio de operar un vehículo motorizado en Connecticut. Cuando nos contrate para que lo representemos en este tipo de asuntos, lo representaremos en los tribunales y en cualquier procedimiento ante el Departamento de Vehículos Motorizados para suspender su licencia de conducir. Le recomendamos encarecidamente que asista a su primera comparecencia ante el tribunal con un abogado para evitar tener discusiones personales con el fiscal. Recuerde, todo lo que diga puede y será usado en su contra.

AUDIENCIAS DE SUSPENSIÓN DE VEHÍCULOS DE MOTOR PER SE

Después de su arresto por DUI, recibirá un aviso del Departamento de Vehículos Motorizados informando que su licencia será suspendida 30 días a partir de la fecha de su arresto. Tiene 7 días a partir de la fecha de este aviso para programar una audiencia en el Departamento de Vehículos Motorizados de Connecticut para impugnar la suspensión de esta licencia. Éstas se denominan audiencias per se. Cuando reciba este aviso, debe comunicarse con nosotros de inmediato y permitirnos programar la audiencia para impugnar su suspensión. Si no solicita la audiencia de manera oportuna, su licencia será suspendida sin una audiencia.

En la Audiencia de Suspensión Per Se realizada por el Departamento de Vehículos Motorizados, lo defenderemos en un esfuerzo por evitar una suspensión automática y obligatoria de 45 días de su licencia si realizó una prueba de alcohol en sangre y obtuvo una puntuación superior al límite legal, o si te negaste a tomar aliento o pruebas químicas. Si no prevalecemos en esta audiencia, la ley ordena una suspensión de 45 días por parte del departamento de vehículos motorizados para los conductores que SE NIEGAN a tomar una prueba de aliento, sangre u orina o conductores cuyos resultados de prueba indican un contenido elevado de alcohol en la sangre (BAC).

Si hay una suspensión per se, su licencia será suspendida por un período obligatorio de 45 días, pero durante este período puede conducir con un permiso de operador especial hacia y desde el trabajo o la escuela. Lo ayudaremos a solicitar este permiso especial y después de 45 días de suspensión podrá recuperar su licencia de operador solo si instala un dispositivo de bloqueo de encendido (IID) en cada vehículo que opere. A partir del 1 de julio de 2015, cualquier persona condenada por DUI debe instalar un IID en cada vehículo que opere durante un período de tiempo fijo, que oscila entre seis meses y un año para los infractores por primera vez y períodos de tiempo más largos para los infractores por segunda y tercera vez, y más allá. Si debe instalar un dispositivo IID, lo asistiremos en el proceso de arrendamiento e instalación adecuada. Puede haber períodos de suspensión adicionales y requisitos de IID más prolongados ordenados por el tribunal si es condenado por DUI.

Nuevamente, los conductores calificados pueden ser elegibles para obtener un Permiso de Operador Especial que les permitirá conducir de manera limitada hacia y desde el trabajo o la escuela durante el período de suspensión inicial de 45 días. Le ayudaremos a preparar su solicitud para un Permiso de Operador Especial.

PROCEDIMIENTOS JUDICIALES

En la corte, si enfrenta cargos por DUI por primera vez, evaluaremos su caso para determinar si es defendible y, de ser así, lo defenderemos agresivamente. Si no es un caso defendible, exploramos otras opciones, incluida la colocación en un programa de desvío patrocinado por la corte que no resulte en una condena por DUI, y los cargos de DUI eventualmente serán desestimados. Si no es elegible para un programa de desviación, estamos preparados para defenderlo de los cargos para sacarlo o reducir el castigo.

CONTÁCTENOS DESPUÉS DE UN ARRESTO POR CONDUCIR BAJO LA INFLUENCIA EN CONNECTICUT

Si bien las consecuencias de una condena por DUI pueden ser duras y costosas, recuerde que usted es inocente hasta que se demuestre su culpabilidad. Estamos aquí para guiarlo a través del proceso legal y ayudarlo a lograr el resultado más exitoso posible tanto a nivel del departamento de vehículos motorizados como en la corte. Recuerde, si lo arrestan por DUI, enfrenta posibles sanciones tanto en el departamento de vehículos motorizados como en la corte.

Póngase en contacto con nuestras oficinas legales en línea en freeconsult@DanLyonsLaw.com o por teléfono al 203-932-2222 para programar su consulta inicial gratuita.

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